Directivos · Empresa
Alta dirección y directivos.
El asesoramiento en alta dirección exige combinar técnica laboral, sensibilidad negociadora y una lectura precisa de los incentivos económicos, reputacionales y empresariales de la relación, también cuando intervienen grupos o trayectorias internacionales.
ContratosInicio y revisión
SalidaNegociación y defensa
FocoConfidencialidad
Cuándo intervenir
Conviene intervenir antes de firmar o modificar un contrato directivo, al diseñar bonus o retribución variable, cuando se negocian pactos de no competencia, blindajes o confidencialidad, y especialmente cuando la relación entra en una fase de despido, salida o conflicto. En perfiles con movilidad internacional, la coordinación documental y fiscal-laboral exige una lectura especialmente cuidadosa.
En alta dirección, una cláusula imprecisa suele aparecer en el momento menos cómodo: al discutir una indemnización, reclamar un bonus, activar una no competencia o cerrar una desvinculación. Por eso el valor del asesoramiento está en anticipar escenarios y dejar constancia clara de derechos, obligaciones y límites.
Cómo trabaja el despacho
El análisis revisa contrato, anexos, comunicaciones, política retributiva, funciones reales y antecedentes de la relación. Con esa base se define una estrategia de negociación o defensa que proteja la posición jurídica sin agrandar innecesariamente el conflicto.
Cuando el asunto afecta a una salida directiva, el despacho ordena el relato documental, cuantifica riesgos, identifica puntos de negociación y prepara alternativas. La prioridad es cerrar escenarios complejos con precisión, discreción y control de consecuencias.
Preguntas frecuentes
¿Qué debe revisarse en un contrato de alta dirección?
Funciones, retribución variable, bonus, blindajes, pactos de permanencia, confidencialidad, no competencia, preaviso y régimen de extinción.
¿Puede negociarse una salida directiva?
Sí. Una negociación ordenada permite proteger la posición económica, documental y reputacional de las partes.
¿Se asesora a empresas y directivos?
Sí, siempre que no exista conflicto de interés en el asunto concreto.